domingo, 19 de mayo de 2013

URBANIZACIÓN ILEGAL, ARTÍCULO 318.


ARTICULO 318. URBANIZACION ILEGAL.  El que adelante, desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, tolere, colabore o permita la división, parcelación, urbanización de inmuebles, o su construcción, sin el lleno de los requisitos de ley incurrirá, por esta sola conducta, en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veintiséis (126) meses y multa de hasta cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.  
Cuando se trate de personas jurídicas incurrirán en las sanciones previstas en los incisos anteriores sus representantes legales y los miembros de la junta directiva cuando hayan participado en la decisión que traiga como consecuencia la conducta infractora descrita.

La pena privativa de la libertad señalada anteriormente se aumentará hasta en la mitad cuando la parcelación, urbanización o construcción de viviendas se efectúen en terrenos o zonas de preservación ambiental y ecológica, de reserva para la construcción de obras públicas, en zonas de contaminación ambiental, de alto riesgo o en zonas rurales.

PARAGRAFO. El servidor público que dentro del territorio de su jurisdicción y en razón de su competencia, con acción u omisión diere lugar a la ejecución de los hechos señalados en los incisos 1 y 2 del presente artículo, incurrirá en inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cuarenta y ocho (48) a noventa (90) meses, sin perjuicio de las demás sanciones penales a que hubiere lugar por el desarrollo de su conducta.

      a)    Descripción del tipo.
SUJETO
Activo:  Indeterminado singular
Pasivo: El Estado

CONDUCTA


Verbo  Rector: Determinador compuesto alternativo: Adelantar, desarrollar, desarrollar  promover, patrocinar, inducir, financiar, facilitar, tolerar,colaborar o permitir la division
Modo:

Tiempo:  

Lugar:  


BIEN JURIDICO TUTELADO


Objeto Jurídico:
Orden económico social
Objeto Material
Real y fenoménico: Actos resultado de división, urbanización o construcción de bienes
Beneficio:
Finalidad:
adelantar, desarrollar, promover... sin el lleno de los requisitos de ley 
Tentativa: si admite excepcionalmente


ELEMENTOS NORMATIVOS:

 + Bien inmueble ajeno

 + requisitos legales de urbanización, parcelacion y construcción
 + Terrenos o zonas de preservación ambiental y ecológica y de reserva
 + Zona de contaminación ambiental
 + Zona de alto riesgo
 + Zona rural
 + Servidor publico

PARTICULARIDADES:


El urbanizador ilegal  se comprende cuando las personas comente un acto ilicito, como la captación ilegal de dineros, que estarían incurriendo los constructores opropietariosque no cumplan con los requisitos de radicación y programas de proyectos, pues al no cumplir con estos requisitos, no podrían aportar papeles que le permiten vender, anunciar o recibir dinero.


b) Doctrina/jurisprudencia.
      c)    Casuística

La señora Inocencia Rendón, atraída por la publicidad que observó en el barrio Carlitas, Calle 5 No. 9-47 de la ciudad de Neiva, sobre la venta de apartamentos de tres alcobas y un área de 70 metros, se acercó a solicitar la correspondiente información y se le dio a conocer que para iniciar la negociación debía dar una primera cuota de $14.200.000,oo los cuales consignó el 11 de marzo de ese año, en la cuenta de Fundación Casita Bonita, cuyo número se le suministro para el 24 de abril siguiente fue informada por la fundación de que sólo era posible sostenerle el precio que inicialmente se le había dado si realizaba el pago del apartamento de contado y, por ello, acompañada de aquél, se dirigió al Banco de Bogotá y al Banco BBVA a efectuar los correspondientes retiros.  En la primera de las entidades bancarias le fue expedido cheque por valor de $17.000.000 a nombre de la Fundación Casita Bonita y en la segunda, cheque por valor de $6.800.000 a nombre de la misma Fundación. Como ninguna promesa de compraventa suscribieron, para que fuera extendido dicho documento, acudió al día siguiente a la oficina de la Fundación, manifestándole que posteriormente la llamaban.  Concluyó, entonces, que algo anómalo ocurría y decidió encaminarse a la Oficina de Planeación Municipal e indagar por la obra que promocionaban, siendo informada que carecía de permiso para construir, pues había entregado sus ahorros, utilizándolos la Fundación en la terminación de la Torre I, cuando la venta que estaba promoviendo era de los apartamentos de las Torres II y III.”